Seguro que alguna vez has recibido hace tiempo una llamada de una compañía de luz. A veces, eran de otra compañía para hacerte una oferta. En otras ocasiones, decían ser de tu compañía pero te contaban una historia de que estabas pagando de más. Es más, tal vez incluso llamaran a tu puerta para decírtelo. En este último caso en que decían ser de tu compañía, normalmente era mentira y eran de una compañía distinta. Y si realmente decían la verdad sobre su identidad, era para colocarte una tarifa más cara.
Hace más de una década me pasó eso en mi casa. Decía ser de Endesa, y yo joven y novato me lo creí, hasta que vi el formulario a rellenar. Había un logo de EDP. “Es Endesa en Barcelona”, me dice el comercial en mi puerta. Lo acabé echando y cerrándole la puerta.
Esta práctica se llama venta a puerta fría, visitas no solicitadas y son ilegales desde 2018. Recientemente, se ha ampliado a las llamadas telefónicas, o al menos parece que está proyectado (veo el proyecto, veo noticias al respecto pero no he encontrado la normativa publicada en el BOE para verificarlo). Parece ser entonces que una compañía de luz ya no puede llamarte para colocarte una nueva tarifa salvo que lo hayas solicitado tú expresamente.
Pero hecha la ley, hecha la trampa. Unas empresas que dicen ser “asesorías energéticas” se dedican a hacer exactamente lo mismo que hacían las empresas de luz en su día.
¿Cómo funcionan?
Te llaman y preguntan por tu nombre. Tienen tu nombre completo, dirección de suministro y, obviamente, tu teléfono porque te están llamando. Eso como mínimo. Suelen indicar que son de la oficina donde gestionaron tu contrato (mentira) y que han identificado que estás pagando de más.
Por suerte para mí, sé perfectamente dónde y cómo contraté la luz, y también sé lo que pago. Así que yo suelo hacer estas preguntas.
“Perdón, ¿pero de qué oficina? ¿Me puede decir nombre de la oficina y dirección?”. Por alguna razón, jamás me lo quieren decir, pero tú prueba a ver.
“¿Me puede indicar por favor qué precio pago ahora?”. Se pegará una inventada y seguramente no acierte. Tú sabes lo que estás pagando, quien está al otro lado, no. Y aunque acertara, seguramente sería de casualidad.
“¿Pero con qué compañía estoy ahora?”. Aquí me he dado cuenta que no siempre lo saben, depende de dónde y cómo hayan conseguido los datos.
A partir de aquí, te pedirán “verificar” datos personales. En este caso, no es que quieran verificar, es que quieren que se los des. No lo hagas. Tal vez te amenacen con un corte de luz. No pueden, no son nadie, y tú tienes un contrato en vigor con una compañía.
Las “asesorías” más rastreras
En otros casos, se hacen pasar por la distribuidora y la historia es la misma. Como explicamos en su día en el podcast, la distribuidora no comercializa electricidad, tú no pagas a la distribuidora, y la tarifa tampoco la decide ella. Tú firmas un precio y unas condiciones con una comercializadora. La distribuidora va por zonas, la comercializadora es de libre elección. Así que así se lo puedes hacer saber a quien se haga pasar por ella y puedes exigirle nombre y a qué empresa representa realmente para proceder a denunciarla. Si el estafador es lo suficientemente inteligente, colgará para evitar males mayores, porque está cometiendo dos delitos: uno de estafa y otro de suplantación de identidad. Y le has pillado con las manos en la masa.
¿Cómo han conseguido mis datos?
Es algo a lo que nunca responden, y mira que me gusta preguntárselo. Pero piensa, ¿se los has dado tú? La respuesta es no. Por tanto, lo más probable es que los hayan conseguido de manera totalmente ilegítima: hackeando a alguna distribuidora o comercializadora de luz, o cualquier empresa que tenga muchos datos. No tengo pruebas, pero tampoco dudas de que los tiros van por ahí. Así que otro delito a la lista.
¿Cómo denunciar la llamada a la AEPD?
La AEPD permite presentar una reclamación online, aunque no es sencillo. Piden muchos datos si no están en Autocontrol. Difícil, al ser de adhesión voluntaria y viendo que la empresa que te llama no solo no lleva cuidado con este tema, sino que se salta toda la normativa. Pero por si acaso, aquí te dejo el enlace de reclamaciones a Autocontrol.
Contando que no está en Autocontrol, la AEPD te va a pedir:
Nombre de la empresa. Por eso es imprescindible sonsacarlo cuando te llaman.
Prueba de la llamada. En este caso, una captura de la llamada recibida donde se vea el número de teléfono, día y hora.
Grabación de la llamada. Si no, la AEPD no te deja seguir el proceso en la web.
Ser el titular de la línea que recibe la llamada. Esto es un requisito estúpido contando que hay gente con packs familiares donde todo está a nombre de una sola persona, supongo que si la reclamación la presenta el titular de la línea o hay consentimiento escrito de éste, debería poder presentarse igualmente.
A partir de aquí, sería rellenar la documentación y facilitar todas las evidencias posibles. Las imprescindibles y todo aquello que puedas añadir que pueda ser de utilidad. Al menos, una multa se deberían llevar.
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¿Qué hacer si he contratado y no quería?
En este caso, revisa el contrato firmado. Si estás dentro del periodo de desestimiento, solicita su anulación y contacta con tu antigua compañía de luz para exponer el caso y volver.
Si el nuevo contrato no tiene permanencia, lo más sencillo será volver a cambiar y buscar una nueva tarifa. En el podcast te explicamos todo y tienes en el artículo del capítulo muchos recursos para encontrar la mejor tarifa para ti, sin intermediarios, ni referidos, ni historias.
Si las tarifas que encuentras son peores que tu antigua tarifa, puedes exponer el caso a tu antigua compañía y solicitar volver a tu antigua tarifa, explicando que has sido víctima de una estafa.
Además, lo suyo sería poner una reclamación. Todas las empresas están obligadas a ofrecerte atención gratuita, ya sea por teléfono, correo o incluso presencialmente. Tienen que darte un acuse de recibo automático y responderte en máximo 30 días.
Si la respuesta no llega o no resulta útil, no te quedes ahí: puedes acudir a oficinas municipales de consumo, entes autonómicos, solicitar arbitraje de consumo, todo sin coste. Aquí no te doy enlaces porque cada provincia, autonomía y municipio tiene su sistema. El Sistema Arbitral de Consumo permite resolver discrepancias sin pasar por juzgados, siempre que la empresa acepte el arbitraje. Si ganas el arbitraje y la otra parte no cumple, ese laudo tiene fuerza legal y puedes exigirlo vía judicial.
Seguramente habrás oído “ves a la OCU”. Considera que hay más asociaciones de consumidores como Facua. Pero esto puede tener coste, ya que normalmente te pedirán hacerte socio pleno de la asociación en cuestión.
Y si decides ir por la vía judicial, bien directamente, bien tras los pasos previos, en la mayoría de casos necesitarás abogado y procurador, salvo en reclamaciones de menos de 2.000€ en cuyo caso podrías evitar estos costes. Piensa que si has acabado pagando más que en la tarifa que tenías antes, esa diferencia seguramente sea reclamable, además de lo fraudulento en el proceso de contratación. En estos casos, no sería necesario y podría ser gratuito. Recuerda adjuntar todos los documentos y consultar orientación jurídica antes de dar el paso. Revisa si tu seguro de hogar tiene cobertura para reclamaciones a empresas energéticas y de servicios, pues varias compañías ofrecen pólizas con este tipo de cobertura dentro de la cobertura de Defensa Jurídica. Y si no, como mínimo deberías tener incluido el asesoramiento jurídico telefónico. Si por ahí no entra, si tienes un seguro de protección jurídica contratado específicamente aparte, seguramente aquí sí que te entre.
Si el contrato tiene permanencia, será más complicado. Obviamente, denunciar sería imperativo si no quieres que su estafa quede impune y no pagar por ello. Nuevamente, tal vez el seguro de hogar nos sea de utilidad en este caso.
Estamos buscando testimonios para la tercera temporada del podcast.
Contáctanos al correo adri@tuinterescompuesto.com si estás en alguna de estas situaciones:
Eres ciudadano/a de la Unión Europea y un banco no te ha permitido abrir cuenta con ellos de manera online o de ninguna manera por tener NIE y no ofrecerte enviar otro tipo de documentación.
Si has contratado un PIAS. Da igual la entidad, quien te lo vendiera. Queremos saber qué producto tienes, quién te lo vendió, cómo fue el asesoramiento para contratarlo, qué comisiones tiene el producto y si está cumpliendo las expectativas.
Si has sido padre/madre en los últimos 10 años.
Si todas las compañías de seguros que has contactado (al menos 3) te han rechazado y no consigues ningún seguro. Da igual el tipo de seguro: salud, vida, coche, hogar…
Y si conoces a alguien en alguna de estas situaciones, ¡pásale este artículo! Te lo agradeceremos infinito.
Las llamadas comerciales no solicitadas están prohibidas desde 2023 (art. 66 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 11/2022, de 28 junio).
Y desde junio 2025 se prohíben todas las llamadas comerciales desde móviles (https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-2870).
Otra cosa es la efectividad de estás prohibiciones.
Qué horror, tal cual leía me iba calentando, recibo este tipo de llamada bastante a menudo (nunca doy los datos pero siempre me vacilan con que son de mi compañía). Es increíble que estas cosas sigan existiendo y que las compañías legales y serias ofrezcan comisiones a este tipo de piratas.